La Justicia de Trelew determinó que las tareas diarias que realizan los abuelos no son una simple ayuda solidaria, sino un trabajo que debe computarse económicamente para garantizar el bienestar de los niños.
La jueza de Familia de Trelew, Ivana Wolansky, reconoció este martes el valor económico del cuidado diario realizado por una abuela materna al fijar una cuota alimentaria del 30% de los ingresos del padre para un niño de dos años, basándose en que estas tareas constituyen un derecho humano que sostiene la organización familiar.
Esta resolución judicial surge tras el reclamo de una madre que asume la mayor parte de la organización cotidiana y los cuidados del menor en la ciudad de Chubut.
El progenitor ofrecía abonar solamente el 20% de sus ingresos, argumentando que la asistencia brindada por la abuela materna mientras la madre trabaja era una colaboración gratuita que no generaba gastos exigibles.
Sin embargo, la magistrada rechazó esta visión al aplicar el artículo 660 del Código Civil y Comercial, el cual establece que las tareas de atención y supervisión tienen un valor monetario real.
El valor real del trabajo de cuidado
El fallo incorpora la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que define al cuidado como un derecho humano autónomo que debe ser valorado social y económicamente.
La sentencia resalta que, debido a patrones culturales arraigados, estas labores suelen recaer mayoritariamente sobre las mujeres, quienes dedican mucho más tiempo que los hombres al trabajo no remunerado.
Por este motivo, la Justicia subraya la necesidad de implementar una corresponsabilidad familiar que distribuya de manera equitativa las tareas de cuidado entre ambos padres.
La resolución judicial determina que el tiempo invertido en la crianza se traduce objetivamente en dinero, ya que permite que otros miembros de la familia puedan desarrollar sus actividades laborales.
Las abuelas como pilares de la crianza
La jueza concluyó que el rol de la abuela, al ser permanente y no esporádico, representa una sustitución de servicios profesionales que merece un reconocimiento económico.
El fallo destaca que muchas abuelas actúan como un sostén afectivo y material indispensable, asumiendo tareas de crianza que suelen ser invisibilizadas.
Estas responsabilidades, ejercidas de forma silenciosa, no constituyen una mera ayuda accesoria, sino un verdadero trabajo que garantiza el desarrollo integral de los niños.
Finalmente, la sentencia obliga a considerar este esfuerzo como parte de los aportes a la manutención, instando a revertir los estereotipos sobre las tareas domésticas y de cuidado.





