La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una sentencia trascendental que redefine los límites de la organización familiar en el país.
Al revocar un fallo previo que permitía la triple filiación, el máximo tribunal ratificó la vigencia del modelo legal que reconoce únicamente dos lazos parentales por persona. Esta decisión impacta directamente en el derecho de familia y en los debates sobre el parentesco en contextos de técnicas de reproducción asistida.
El límite legal de los dos vínculos filiales
El fallo, que contó con los votos de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, reafirmó la constitucionalidad del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Según la Corte, la ley establece de manera clara que ningún bebé, niño, niña o adolescente puede tener más de dos progenitores con responsabilidad parental.
Los magistrados sostuvieron que este límite no implica una discriminación arbitraria ni vulnera el derecho a la intimidad.
Por el contrario, señalaron que la determinación de la cantidad de vínculos es una cuestión de orden público reservada al Poder Legislativo, por lo que los jueces no tienen margen para reconfigurar el sistema filiatorio fuera de los marcos legales vigentes.
El origen de la polémica: voluntad procreacional vs. ley
El caso se remonta a 2022, cuando tres personas —una pareja conviviente y una mujer— solicitaron inscribir una triple filiación de un niño próximo a nacer bajo un proyecto de voluntad procreacional compartida mediante técnicas de reproducción humana asistida.
Aunque en instancias anteriores se había admitido la inscripción triple, la Corte dictaminó que el tribunal de apelaciones no demostró que esta excepción beneficiara realmente al menor.
Los jueces Lorenzetti y Rosenkrantz remarcaron que las reglas de filiación no pueden ser sustituidas por razones meramente afectivas o personales, ya que el sistema busca una coherencia general en la organización de la responsabilidad parental.
Alternativas legales para realidades familiares complejas
Por su parte, el juez Horacio Rosatti destacó que el sistema argentino consolida un modelo binario, incluso ante casos de reproducción asistida.
Sin embargo, aclaró que existen otras instituciones legales, como la adopción de integración, que permiten abordar situaciones familiares diversas sin alterar el diseño normativo central del país.
Con este fallo, la Justicia ratifica que el diseño de los vínculos filiales en Argentina sigue siendo de un máximo de dos padres.





